

COSTA RICA REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“EN ESTA NAVIDAD SIGAMOS JUGANDO CON OREO”
PRIMERA. DEL OBJETO: La promoción denominada “EN ESTA NAVIDAD SIGAMOS JUGANDO CON OREO” (en adelante “LA PROMOCIÓN”), cuya marca involucrada es OREO, consiste en la premiación aleatoria de ciertas facturas por la compra de productos marca OREO en los puntos de venta autorizados, y que los clientes hayan activado a través del WhatsApp 8594-9393.
SEGUNDA. DEFINICIONES:
Organizadora: LA PROMOCIÓN es organizada por la empresa MONDELEZ COSTA RICA, LTDA. con cédula de persona jurídica 3-102-149900, ubicada en Lindora Park, Santa Ana, San José.
Reglamento: Se refiere al presente documento el cual regula los términos y condiciones de LA PROMOCIÓN.
Ganador: Participante que resulte favorecido con la promoción y que cumpla con los términos y condiciones establecidos en el presente reglamento.
Premio: son los descritos en la cláusula sétima del presente reglamento.
Factura Legal o tiquete electrónico: Al ser contribuyente o declarante (persona física o persona jurídica) está obligado a extender facturas o documentos equivalentes debidamente autorizados por la Administración Tributaria, en las ventas de mercancías o por los servicios prestados, dicho documento debe describir claramente el producto marca OREO que se compró en el punto de venta1.
TERCERA. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN: Inicia el día 01 de noviembre y finaliza el día 15 de diciembre del 2022.
CUARTA. DEL TERRITORIO: Será válida y surtirá efectos únicamente en los lugares autorizados y que se distinguen con el material publicitario de la Promoción, dentro del territorio de Costa Rica.
QUINTA. DE LOS PARTICIPANTES: Podrán participar todas las personas mayores de edad que cumplan con lo establecido en este Reglamento. Participantes entre los 13 y 17 años requieren la autorización de sus padres, representante o tutor legal para poder participar, así como para la aceptación del premio. Al enviar sus datos personales al WhatsApp de la promoción (8594-9393), se entenderá que el menor cuenta con autorización de un adulto responsable. No obstante, lo anterior, la aceptación del premio deberá ser firmada por el representante legal, padres de familia, o tutor, quien deberá demostrar dicha condición legal. En este caso, LA ORGANIZADORA entenderá que ese adulto responsable tiene la autoridad jurídica para poder autorizar a ese menor de edad a recibir el premio, solicitando cualquier documento con validez legal que permita verificar esta condición.
LA ORGANIZADORA no se hace responsable por cualquier conflicto o disputa de cualquier naturaleza, que pueda surgir en relación con la persona que se presente como padre, tutor o representante legal que autoriza al menor de edad, ni en caso de disputas por procesos judiciales o extrajudiciales relacionados a familiares, representantes o tutores legales del menor de edad beneficiado con el premio. La responsabilidad de LA ORGANIZADORA se circunscribe única y exclusivamente a la entrega del premio. De igual manera, LA ORGANIZADORA no será responsable por la guarda o el cuidado del menor de edad durante el uso, goce y disfrute del premio. Los participantes mayores de edad deberán contar con documento de identidad válido y vigente.
Se encuentran excluidos para participar en LA PROMOCIÓN, los directores, funcionarios, consultores, agentes, agencias publicitarias, así como los empleados, de LA ORGANIZADORA, de sus empresas afiliadas o matrices. En caso de que, en contravención a estas reglas, se compruebe que una de las personas antes mencionadas ha participado en el concurso y resultare ganadora de alguno de los premios, dicha participación será anulada y LA ORGANIZADORA realizará nuevamente el concurso para elegir a otro ganador.
SEXTA. FORMA DE PARTICIPAR: El participante deberá comprar como mínimo un paquete de galletas OREO 432g (cualquier sabor) o de OREO White Fudge 131.2g, de alguno de los establecimientos comerciales autorizados que se distinguen por el material publicitario de esta promoción. Y seguir los siguientes pasos:
- 1) Enviar foto del empaque del producto y foto de la factura por WhatsApp (8594-9393) con buena resolución, y que sea legible: i) número de correlativo y/o número de identificación tributaria del establecimiento; ii) descripción del producto OREO participante; iii) fecha de factura.
- 2) Indicar el nombre completo, número de cédula, correo electrónico y adjuntar una fotocopia de la cédula por ambos lados.
- 3) En el transcurso de aproximadamente las siguientes 24 horas (sin contar fines de semana y días inhábiles), se estará verificando la información suplida. Mientras esto ocurre se enviará un mensaje de “Gracias por participar, nos encontramos verificando la información recibida”.
- 4) Una vez verificada la información, al participante se le entregará un código alfanumérico que corresponde como comprobante de su factura en el sistema de la promoción.
Si el participante no cumple con los términos y condiciones de la promoción se le enviará un mensaje de:
- a. “Gracias por participar, verificamos y tu factura no es válida ya que no cumple con el número de correlativo y/o número de identificación tributaria, para más información visita juegaconoreo.com
- b. “Gracias por participar, verificamos y tu información no es válida ya que no cumples con la mayoría de edad reglamentaria, para más información visita juegaconoreo.com
- c. “Gracias por participar, verificamos y tu información no es válida ya que tu cédula de identidad se encuentra vencida, para más información visita juegaconoreo.com
La línea de WhatsApp 8591-9393, estará habilitada durante todo el período de la promoción y/o hasta haber entregado el último premio a los ganadores. Estará asistido con un agente exclusivo para cualquier duda o comentario del participante, referente a la promoción.
No se aceptan facturas con enmendaduras, modificaciones y cualquier intento por alterar el código o lote participante de la promoción a la hora de activación.
SÉTIMA. PREMIOS: Los premios de la Promoción son Treinta (30) Pantallas Smart TV de 50" marca Samsung. Se estará rifando un premio en cada establecimiento participante.
OCTAVA. DEL SORTEO Y ENTREGA DEL PREMIO:
El sorteo se realizará el viernes 16 de diciembre 2022. Se seleccionará un (1) ganador por cada punto de venta participante, en total serán 30 ganadores. La premiación se designará de forma aleatoria y con la información de todos los participantes que hayan activado las facturas y tengan el código alfanumérico de participación. En el transcurso de los siguientes 3 días hábiles, el ganador será contactado por la Agencia encargada para confirmar los datos personales y coordinar el retiro del premio.
Los ganadores se anunciarán al público en un periodo máximo de 10 días después del Sorteo en la página www.juegaconoreo.com; dicha publicación podrá ser modificada a discreción del Organizador.
Para hacer entrega del premio los ganadores deberán firmar la “Declaración de Elegibilidad y Relevo de Responsabilidad”, o no se le hace entrega del mismo. Si el ganador es un menor de edad entre los 13 y 17 años, el Relevo deberá ser firmado por el adulto responsable del menor, según lo indicado en este Reglamento, de lo contrario, perderá su derecho a reclamar dicho premio. El acta de recibo aceptada en el sistema por el ganador será tenida como comprobante de la entrega de los premios.
LA ORGANIZADORA no se hace responsable por disputas que pudieran surgir entre los adultos responsables y los padres de familia. El ganador será responsable de proporcionar la documentación necesaria a satisfacción de LA ORGANIZADORA para comprobar que se encuentra autorizado para el disfrute del premio, y deberá firmar la Declaración de Elegibilidad y Relevo de Responsabilidad.
En caso de premios no sean reclamados en 15 días, o que el ganador no cumpla con las condiciones aquí indicadas, LA ORGANIZADORA podrá disponer libremente del premio sin que el ganador pueda presentar algún tipo de reclamo. Los premios no son canjeables, endosables, transferibles, sustituibles y/o redimibles.
LA ORGANIZADORA no será responsable por cualquier accidente o lesión que sufra el ganador durante el uso, goce y disfrute del premio. LA ORGANIZADORA ni la reconocerán diferencias o gastos reclamados por el ganador, ni entregará ninguna compensación adicional en efectivo u otro medio. LA ORGANIZADORA no responderá por daños o desperfectos de los premios, ni reconocerá suma adicional por concepto de transporte u otro para retirar y disfrutar premio.
NOVENA. ACEPTACIÓN DE ESTE REGLAMENTO: El participante de esta promoción acepta que el hecho de participar en la misma es una manifestación de su conocimiento y conformidad con el presente Reglamento.
DÉCIMA. JURISDICCIÓN: Esta Promoción se rige por las disposiciones de la legislación de Costa Rica, y cualquier reclamo o interpretación se deberá hacer con apego a las mismas.
DÉCIMA PRIMERA. MODIFICACIÓN, PRÓRROGA y CANCELACIÓN: LA ORGANIZADORA se reserva el derecho irrestricto de no entregar el (los) premio (s) o bien de suspender definitivamente –en cualquier tiempo– la promoción en los siguientes casos: (1) En el evento de caso fortuito o fuerza mayor la empresa Organizadora se reserva el derecho de cambiar la naturaleza y/o las características de los premios, previo aviso por un medio de comunicación; (2) Si los participantes ganadores no cumplen estrictamente con todas sus obligaciones según este reglamento; (3) Si cualquiera de los ganadores, por causa directa o indirecta, cometieran cualquier tipo de acción que dañara la reputación de LA ORGANIZADORA sus representantes o agentes, sus marcas o bien sus relaciones públicas en el mercado; (4) Si los favorecidos por cualquier motivo no aceptan el premio, caso en el cual éste se considerará, para todos los efectos legales, como renunciado, pudiendo LA ORGANIZADORA disponer del premio en la manera en que estime conveniente; y/o; (5) Si LA ORGANIZADORA por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó favorecida para coordinar la entrega del premio antes de la fecha límite ya establecida ello no generará responsabilidad de ningún tipo para LA ORGANIZADORA y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna si no se apersona. LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de limitar, modificar, prorrogar o cancelar la presente promoción, a su entera discreción, sin que incurra en responsabilidad alguna por esto, previo informe a los consumidores vía los medios de comunicación que estime pertinentes.
DÉCIMA SEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DERECHO DE IMAGEN: Los datos de carácter personal solicitados para la activación de su participación serán incorporados a un fichero automatizado para poder ser utilizados en las comunicaciones propias de esta promoción y con la finalidad de poder ser contactados por LA ORGANIZADORA. El fichero es totalmente confidencial y sobre los datos personales registrados, el titular de los mismos podrá ejercer en todo momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Para ello sólo tiene que dirigirse a los contactos indicados en este reglamento. En caso de cancelación y oposición a los datos, el participante quedará excluido del concurso y no tendrá derecho a ejercer reclamo alguno sobre los premios.
DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de LA ORGANIZADORA se limita única y exclusivamente a entregar a el (los) premio (s) a las personas que se identifiquen como ganadoras. LA ORGANIZADORA no será responsable bajo ningún concepto por lo siguiente: (i) Por el uso y disposición que haga el ganador con el premio; (ii) Por todo lo que sea distinto a la entrega del premio.
LA ORGANIZADORA no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por los inconvenientes y/o problemas y/o discusiones que se presenten entre el titular de la factura favorecida y cualquier otra persona, en relación o disputa por la posesión y/o la titularidad de tal empaque.
Para más información o consultas respecto a las normas contenidas en este reglamento, puede comunicarse al correo electrónico laconsumer@mdlz.com o al teléfono 800-3357238 en horarios de oficina de lunes a viernes de 8am a 5pm.
1 Fundamento legal Artículo 8 de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, 18 del reglamento y artículo 9 del reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Resoluciones N°s 11- 97, 13-97 y 14-97 del 12 de agosto de 1997 publicadas en la Gaceta N° 171 del 5 de setiembre de 1997 y 1-2000, 2-2000 del 1 de febrero del 2000, 02-09 del 09 de enero del 2009.